lunes, 19 de septiembre de 2011

Diputada Raquel Herrero: "Al que cruza la barrera baja, hay que sacarle la licencia"


La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires avanza sobre un proyecto de la Diputada María Raquel Herrero que modifica la ley 2148 con el fin de determinar en que circunstancias serán retenidas las licencias de conducir ya que la Comisión de Tránsito y Transporte firmó un Dictamen de Mayoría y ahora, el proyecto tiene preferencia para ser tratado durante la Sesión Parlamentaria el próximo Jueves 22.  El proyecto consiste en incluir en el Código de Transito de la Ciudad algunos puntos que no estaban incluidos y modificar otros. “Hemos trabajado fuertemente en la Comisión para lograr la mejor ley posible para este tema tan importante. Más allá de que muchos puntos son tomados del Código Nacional, era necesario también adecuar algunos items a situaciones propias de la Ciudad como por ejemplo invadir el carril del Metrobus o la circulación por las ciclovías”, comentó la autora del proyecto, Raquel Herrero.
Sin embargo, Raquel Herrero, agregó: “Es necesario que incorporemos la violación de barreras, es por eso, que en el día de hoy he presentado un proyecto que incorpora este item, teniendo en cuenta que en la Comisión de Justicia  esta trabajando con el proyecto del ex diputado Ingaramo”. El proyecto de Gerardo Ingaramo –diputado PRO que falleció en febrero–  modifica el Código contravencional porteño y el Código de Faltas para convertir a la violación de barrera baja en una falta grave (hoy es una contravención) y facilitar, de esa manera, su sanción. Además, la iniciativa prevé endurecer penas y fijas multas entre 240 y 1200  pesos para el conductor del vehículo y en el caso del transporte público de pasajeros los valores serían entre 1200 y 6000 pesos. Por eso,  la intención de Herrero es incluirlo a la retención preventiva de licencias, y por lo tanto, le solicitó a la Comisión de Justicia su rápido tratamiento. Al respecto,  la Diputada Pro dijo: "Sabemos que la solución de fondo es resolver la situación de las vías que dividen y fragmentan la ciudad con el soterramiento del Sarmiento, los pasos a nivel y los sapitos pero ante la terrible tragedia de Flores y siguiendo la línea de mi compromiso en el trabajo que vengo haciendo en materia de normas de tránsito, estoy convencida de que todas las fuerzas políticas llegaremos a consensos para aportar una herramienta mas que ayude a tomar conciencia a los conductores del peligro que significa la imprudencia al volante".
A la espera que se agregue el item de aquel conductor/a, titular o responsable de un vehículo que cruce o inicia el cruce de vías férreas mientras las barrares están bajas o el paso no esta expedito, los motivos por los que se les retendrá las licencias de conducir, según lo acordado en la Comisión de Tránsito son:
1- Cuando estuvieran vencidas.
2- Cuando hubieran caducado por cambio de datos no denunciados oportunamente.
3- Cuando hayan sido adulteradas o surja una evidente violación a los requisitos  exigidos en este Código.
4- Cuando sea evidente la disminución  de las condiciones psicofísicas del titular, con relación a la exigible al serle otorgada, excepto a las personas con necesidades especiales debidamente habilitadas.
5- Cuando el titular se encuentre inhabilitado o suspendido para conducir.
6- Cuando el conductor supere los límites de alcohol en sangre establecidos en el artículo 5.4.4 o se encuentre bajo la acción de cualquier sustancia que disminuya su aptitud para conducir de acuerdo a lo previsto en el artículo 5.4.8, ambos de este Código.
7- Cuando se superen los límites de velocidad máximos establecidos en este Código. En el caso de los límites máximos, sólo procede la retención cuando se supere el mismo en más de 40 km/h.
8- Cuando se viole la prohibición de paso indicada por un semáforo superando los límites de velocidad máximos establecidos en este Código.
9- Cuando se circule en motocicleta sin que alguno de sus ocupantes no utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario.
10- Cuando se circule por el carril exclusivo correspondiente al Metrobús, sin estar autorizado a hacerlo.
11- Cuando se circule por las ciclovías sin estar autorizado a hacerlo.
12- Cuando el conductor no porte el certificado de cobertura vigente del seguro obligatorio automotor.”
Cabe recordar que anteriormente, la diputada Herrero fue autora de las leyes para sancionar más fuertemente a quienes excedan los límites de velocidad. Hasta $7200 para quien circule a más de 140 kilómetro. La otra, propuso la reducción de los máximos de velocidad para los transportes públicos de pasajeros.  Esta es la tercera ley que impulsa Raquel Herrero en materia vial, mostrando su fuerte compromiso con el tema. “El conductor que cometa la falta debe saber que hay una ley clara y contundente que sancionará la infracción”, concluyó Herrero.
Además, en la Comisión de Justicia se encuentran a la espera de ser tratados dos proyectos más. Uno pendiente del año pasado, que pide castigar duramente a quienes violen el semáforo en rojo. "Estamos pidiendo que aquel que pase con semáforo en rojo pague una multa de 900 unidades fijas". El otro expediente pena a quienes invadan el carril exclusivo del Metrobus, arterias peatonales, circule en contramano sobre una ciclovías o carriles exclusivos. "Que algún vehículo invada el carril del Metrobus o que una Moto circule por una ciclovía o ingrese de contramano a un contracarril es una falta que puede traer como consecuencias accidentes graves. Las excusas siempre son las mismas: "estoy apurado", "es sólo un momento", "voy a comprar algo y vuelvo", etc. Siempre la excepción justificada de algo injustificable por propia comodidad, en perjuicio de los demás y el incremento innecesario del riesgo de accidentes", explicó la Diputada Raquel Herrero.